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Limitaciones sobre el acceso público a los registros de la División de Compensación para Trabajadores

  1. Público general. La mayoría de los registros en la División de Compensación para Trabajadores (Worker's Compensation Division) asociados a una demanda de indemnización laboral de un empleado individual o a los registros financieros de un empleador auto-asegurado son confidenciales y no se permite su inspección o copia al público general. Esto incluye registros que revelen:
    • La identidad de un empleado que demanda beneficios por indemnización laboral;
    • La naturaleza de la lesión alegada por el empleado;
    • El estado médico actual o pasado del empleado;
    • El grado de discapacidad del empleado;
    • La cantidad, tipo y duración de los beneficios pagados al empleado;
    • Cualquier información financiera proporcionada al departamento por un empleador auto-asegurado o solicitante de auto-seguro.
  2. Partes de una demanda de indemnización laboral. Los registros de demanda están abiertos a copia e inspección por parte de los empleados que son sujetos de la demanda, o por los empleadores y compañías de seguros que son partes en cualquier demanda que involucre al empleado.
  3. Los abogados o agentes autorizados de las partes. Los abogados u otros que estén autorizados por las partes para actuar en su nombre, como un cónyuge, hijo adulto, legislador o asistente legislativo, tienen el mismo acceso abierto a los registros que las partes. Antes de revelar la información solicitada por alguna persona que diga estar actuando en nombre de una de las partes, la División de Compensación para Trabajadores podrá pedir al solicitante que proporcione una autorización escrita de la parte en cuestión y una identificación personal satisfactoria.
  4. Búsquedas aleatorias. La División de Compensación para Trabajadores no está obligada a realizar búsquedas aleatorias de sus registros para las partes, sus abogados o sus agentes autorizados. La división podrá requerir al solicitante que proporcione la fecha aproximada de la lesión y cualquier otra información pertinente que ayude a la división a localizar los registros solicitados. Estos pueden incluir datos como el nombre y número de seguro social del empleado, y el nombre del empleador y la compañía de seguro al momento de la lesión.
  5. Inspeccionar registros de demanda. Por regla general, los solicitantes solo pueden inspeccionar archivos de demanda en:

    División de Compensación para Trabajadores
    GEF I
    201 East Washington Avenue
    Madison, WI 53703

    La Oficina está abierta de lunes a viernes (excepto los días festivos) de 7:45 a.m. a 4:30 p.m. Los solicitantes deben comunicarse con el recepcionista al 608-266-1340. Los solicitantes no pueden eliminar registro alguno de las oficinas de la División sin la autorización por escrito del Administrador de la División de Compensación para Trabajadores.

  6. Lugares para inspeccionar registros no relacionados con demandas.

    División de Compensación para Trabajadores
    GEF 1
    201 East Washington Ave.
    Madison, WI 53707

    WCCOPYREQUEST@dwd.wisconsin.gov

  7. Copia. Los solicitantes autorizados pueden copiar los registros en la oficina de Compensación para Trabajadores por diez centavos (0,10 centavos) por página. Nadie puede eliminar los registros de la oficina de Compensación para Trabajadores para copiarlos. La División de Compensación para Trabajadores copiará los registros por veinte centavos (0,20 centavos) por página. Existen cargos adicionales de 2,00 dólares por archivo por las copias certificadas y 3,00 dólares para enviarlo por correo por franqueo y manejo. Si son menos de 11 páginas, los documentos se le pueden enviar por fax a la parte solicitante sin cargo. Espere que sean 15 días hábiles para que la División copie y envíe por correo los registros solicitados. De ser necesario, la División intentará agilizar el servicio. Para obtener mayor información, envíe un correo electrónico a WCCOPYREQUEST@dwd.wisconsin.gov.
  8. Retrasos. Los registros pueden no estar disponibles inmediatamente si el personal está trabajando en los archivos o si deben recuperarse desde el Centro de registros o División de audiencias y apelaciones del Departamento de administración. En esos casos se suele demorar dos semanas más de tiempo de procesamiento, pero podría ser más. La División de Compensación para Trabajadores intentará una recuperación expedita para inspección o copia cuando sea necesario.

Autoridad:

  • Sección 102.33(2)(b), Estatutos de Wisconsin
  • Sección DWD 80.025, Código Administrativo de Wisconsin

WKC-9461-P (R. 10/2024)